Por el Pleno de la Corporación, de fecha 31 de octubre de 2002, se han adoptado sendos acuerdos de aprobación provisional de las Ordenanzas reguladoras de la tenencia de animales potencialmente peligrosos así como de su respectiva Ordenanza Fiscal de Imposición y Ordenación de la Tasa correspondiente por otorgamiento de licencias y otros servicios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y demás legislación concordantes, ambos expedientes se exponen al público y a los interesados a los que se refiere el artículo 18 de la mencionada Ley, para que, durante el plazo de 30 días hábiles, estos puedan ser examinados y presentar las reclamaciones y alegaciones que se estimen oportunas.
En el supuesto de no presentarse reclamaciones, el acuerdo provisional se entenderá definitivamente aprobado, según lo dispuesto en el artículo 17.3 de la citada Ley.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
Villa del Río, a 19 de noviembre de 2002.- Por Orden de Alcaldía: El Secretario General, Juan Luque Ruano.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y demás legislación concordantes, ambos expedientes se exponen al público y a los interesados a los que se refiere el artículo 18 de la mencionada Ley, para que, durante el plazo de 30 días hábiles, estos puedan ser examinados y presentar las reclamaciones y alegaciones que se estimen oportunas.
En el supuesto de no presentarse reclamaciones, el acuerdo provisional se entenderá definitivamente aprobado, según lo dispuesto en el artículo 17.3 de la citada Ley.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
Villa del Río, a 19 de noviembre de 2002.- Por Orden de Alcaldía: El Secretario General, Juan Luque Ruano.