CORONAVIRUS | INFORMACIÓN
Tras el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el Estado de
Alarma, el servicio profesional de peluquería solo podrá ejercerse a
domicilio y con medidas de seguridad sanitarias propias y única y
exclusivamente para garantizar la atención higiénico-sanitaria (ni por
estética ni embellecimiento) a las personas que por sí solas no puedan
aplicarse el tratamiento porque estén enfermas, lesionadas, tengan
movilidad reducida o alguna discapacidad.
Estas medidas regirán hasta tanto no se dispongan otras en contrario,
en función de las normas que dicte el Gobierno de España.
#QuédateEnCasa
Responsabilidad. Lo conseguiremos.
Ayuntamiento de Villa del Río.