Tras la publicación de la Orden de 1 de septiembre de 2021, de la delegación Territorial de Salud y Familias en Córdoba, se procede a la adaptación a la misma, de ciertos aspectos establecidos en el bando municipal sobre la Feria de Día Municipal.
El horario de hostelería y atracciones según la mencionada orden se amplía hasta las 2:00h. No obstante, deberá tenerse en cuenta que a las 2:30h todo el espacio público utilizado deberá quedar libre y limpio cada noche, con el fin de restablecer lo antes posible la normal circulación de personas y vehículos.
Tanto en interior como en exterior, el consumo se hará sentado en mesa, o agrupación de mesas, quedando prohibido el consumo en barras interiores de los establecimientos.
Será obligatorio el uso de mascarilla si no se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 m. con respecto a otras personas no convivientes.
Las autoridades competentes velarán por el cumplimiento de estas normas básicas, apelando a la buena disposición y responsabilidad de los titulares de los establecimientos de hostelería, atracciones y público en general.
El horario de hostelería y atracciones según la mencionada orden se amplía hasta las 2:00h. No obstante, deberá tenerse en cuenta que a las 2:30h todo el espacio público utilizado deberá quedar libre y limpio cada noche, con el fin de restablecer lo antes posible la normal circulación de personas y vehículos.
Tanto en interior como en exterior, el consumo se hará sentado en mesa, o agrupación de mesas, quedando prohibido el consumo en barras interiores de los establecimientos.
Será obligatorio el uso de mascarilla si no se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 m. con respecto a otras personas no convivientes.
Las autoridades competentes velarán por el cumplimiento de estas normas básicas, apelando a la buena disposición y responsabilidad de los titulares de los establecimientos de hostelería, atracciones y público en general.