martes, 10 de marzo de 2015

Ayudas para el alquiler de viviendas a personas con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.


Se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el alquiler de viviendas a personas con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Convocatoria para el ejercicio 2015 hasta alcanzar un importe total de 15 millones de euros.

Personas beneficiarias.

Las subvenciones objeto de esta Orden se podrán solicitar por las personas titulares de contratos de arrendamiento de vivienda destinada a residencia habitual y permanente, ubicadas en Andalucía, que serán los beneficiarios de la ayuda.

También podrán solicitarlas aquellas personas que tengan intención de alquilar una vivienda, siempre que presenten un contrato de alquiler que condicione sus efectos a la obtención de la ayuda en el plazo de un mes desde la resolución de la misma.

Los requisitos y condiciones de aplicación deberán ser cumplidos por el conjunto de los miembros de la unidad de convivencia a la que se destina la vivienda, entendiéndose como tales las personas que convivan y estén empadronadas en una misma vivienda, existan o no lazos familiares.

Para tener derecho a la ayuda deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Tener residencia legal en el territorio nacional.

  2. Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente, ocupándola efectivamente durante el periodo subvencionable, y estar empadronados en la misma.

  3. El importe de la renta mensual de la vivienda no será superior a 6,5 euros por metro cuadrado útil de la vivienda, con un tope máximo de 500 euros.

  4. Los ingresos de la unidad de convivencia no podrán superar la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia.

Para más información podremos atenderle en la sede del PSOE de Villa del Río (C/ Hierro, nº 8) los lunes y viernes de 18:30 a 20:00 horas, o en los teléfonos 957177632 / 673669810.

Informa: PSOE de Villa del Río