Condenado a un año por grabar a sus trabajadoras en el vestuario
El gerente de un autoservicio de Belmez hizo un orificio en la pared para espiar a las empleadas cuando se cambiaban
Á. R. | ACTUALIZADO 10.12.2009 - 01:00
Un empresario de la localidad de Belmez ha sido condenado a un año de prisión por un delito contra la intimidad cometido por espiar a través de una cámara de vídeo a sus empleadas cuando se encontraban en el vestuario. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 también considera probado que el encartado -cuya identidad responde a las iniciales S. T. R.- llegó a fotografiar a tres trabajadoras cuando se cambiaban de ropa.
Los hechos se produjeron a lo largo del año 2007 en un autoservicio. La resolución concluye que el gerente del establecimiento realizó en el sótano un orificio en la pared que comunicaba con el vestuario del personal femenino y, sin que ellas tuvieran conocimiento de los hechos, llegó a realizar vídeos y fotografías cuando se encontraban desnudas o en ropa interior. La resolución considera probado que S. T. R. logró fotografiar "en repetidas ocasiones" a tres trabajadoras.
Los hechos salieron a la luz pública el 9 de octubre de 2007, cuando una de las denunciantes sorprendió in fraganti al encartado, que en ese momento se encontraba grabándole y haciéndole fotos. El Juzgado de lo Penal número 1 concluye que S. T. R. "vulneró la intimidad" de las tres mujeres y, además de la pena de un año de cárcel, le impone el pago de una multa que alcanza los 1.620 euros. La sentencia ya es firme.
Antes de la celebración de la vista oral, el acusado indemnizó a dos trabajadoras por los daños causados y depositó una suma de 1.200 euros para hacer frente a la indemnización de la tercera perjudicada. El juez establece 10.000 euros en concepto de responsabilidad civil para esta última.
Las vídeocámaras y las nuevas tecnologías se utilizan cada vez más al servicio del delito. En enero del año pasado, el Penal número 1 ya condenó a un empresario del sector textil de Villa del Río a cinco meses de prisión y a una multa de 2.250 euros por un delito contra la intimidad en grado de tentativa cometido en su propia empresa. La sentencia consideró probado que el individuo colocó "un dispositivo óptico de captación de imágenes" en el cuarto de baño para observar a sus empleadas en la intimidad.
Como en el caso de Belmez, en que el empresario fue pillado in fraganti, el artilugio fue descubierto por una trabajadora cuando limpiaba el aseo, aunque el juez no consideró probado que la cámara fuese adecuada para enviar las imágenes a un monitor.
El Código Penal fija castigos de uno a cuatro años de cárcel y multas que oscilan entre los 12 y los 24 meses para los autores de delitos contra la intimidad. La Fiscalía Provincial de Córdoba solicitaba cuatro años de condena para el gerente de la empresa de Belmez, por lo que originalmente se enfrentaba al máximo castigo regido en la legislación para este tipo de infracciones.