viernes, 7 de julio de 2017

AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA DESTINADA A FAMILIAS CON INGRESOS LIMITADOS O EN SITUACIÓN DE ESPECIAL VULNERABILIDAD CONVOCADAS POR LA CONSEJERIA DE FOMENTO Y VIVIENDA PARA EL AÑO 2017

La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ,ha abierto una nueva línea de ayudas al alquiler de vivienda destinada a familias con ingresos limitados o en situación de especial vulnerabilidad, cuyo plazo para presentarla, tal como se recoge en la orden publicada el 6 de Julio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA),permanecerá abierto hasta el próximo 7 agosto en régimen de concurrencia competitiva, por lo que se seleccionarán según la mayor valoración que consigan en función a loscriterios prefijados en la convocatoria.

Las ayudas van dirigidas a contratos que no superen los 500 euros mensuales y permitirán subvencionar el 40% de la renta del alquiler de la vivienda. No obstante,en esta nueva convocatoria la subvención podrá alcanzar hasta el 80% del alquiler mensual para aquellas personas que acrediten estar en situación de especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social.Entre otros requisitos se exigen los siguientes:

.Los solicitantes deberan ser titulares de un contrato de alquiler destinado a vivienda habitual y permanente.

•Se tendrán en cuenta a todos los miembros que compongan la unidad de convivencia (UC) del solicitante, entendiendo como tal el conjunto de personas que estén empadronadas en la vivienda para la que se pide la ayuda en el momento de presentación de la solicitud.

•La renta mensual del contrato no superará 500 euros.

•La suma de los ingresos de todos los miembros, referidos al ejercicio 2015, no podrá superar la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia(CLIUC) que es un límite específico para cada Unidad de Convivencia, que se calcula en función del número de miembros que la componen y sus edades.

•No se dispondrá de la titularidad ni un derecho de uso sobre alguna otra vivienda.

El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el 7 de agosto.Para solicitar la ayuda debe presentarse el Anexo I de la Orden de convocatoria, junto con la documentación que en el mismo se relaciona.

Podrá optar por presentar también los AnexoS II(datos complementarios) y Anexo IV (justificaciones) o presentarlo en un momento posterior de la tramitación.

La presentación podrá realizarla:

•En la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de la provincia en la que se ubique la vivienda objeto del contrato de arrendamiento.

•En la Entidad Colaboradora seleccionada para la gestión, habilitada en el municipio en el que se ubique la vivienda objeto del contrato. Si se trata de una vivienda propiedad de una entidad pública habilitada como Entidad Colaboradora, la solicitud se presentará necesariamente en esta.

•Todo ello sin perjuicio de su presentación en el Portal de Atención a la Ciudadanía o cualquier otro registro público.

INFORMA: Ayuntamiento de Villa del Río.