CORONAVIRUS | MEDIDAS MUNICIPALES
Se informa a los interesados, al objeto de que vayan preparando la documentación necesaria, que en breve se abrirá el plazo para presentar solicitud de ayuda dentro de este Plan Municipal Extraordinario de Ayudas a Autónomos. Se trata de una medida destinada a trabajadores autónomos de nuestra localidad, particularmente afectados por la situación actual de pandemia, lo cuales, han visto disminuir su actividad en muchos sectores afectados por esta crisis en un alto porcentaje, incluso cesando su actividad completamente en muchos casos.
REQUISITOS:
- Autónomos con alta en Seguridad Social y Hacienda, debiendo estar al corriente del pago anterior a la fecha de entrada en vigor del Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
- La actividad debe desarrollarla en el municipio, o bien, tener el domicilio fiscal en la Localidad.
- Estar al corriente de deudas en la Seguridad Social, Agencia Tributaria Estatal y Hacienda Local.
- Haber justificado cualquier subvención concedida con anterioridad por este Ayuntamiento.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Todas las solicitudes se entregarán en el Registro de Entrada electrónico de este Ayuntamiento de Villa del Río en el plazo que se establezca una vez entre en vigor el citado PLAN.
CONSULTAS
957 177 017
635 722 616
654 871 904
#NuevaNormalidad
Responsabilidad. Lo conseguiremos.
Ayuntamiento de Villa del Río.
Se informa a los interesados, al objeto de que vayan preparando la documentación necesaria, que en breve se abrirá el plazo para presentar solicitud de ayuda dentro de este Plan Municipal Extraordinario de Ayudas a Autónomos. Se trata de una medida destinada a trabajadores autónomos de nuestra localidad, particularmente afectados por la situación actual de pandemia, lo cuales, han visto disminuir su actividad en muchos sectores afectados por esta crisis en un alto porcentaje, incluso cesando su actividad completamente en muchos casos.
REQUISITOS:
- Autónomos con alta en Seguridad Social y Hacienda, debiendo estar al corriente del pago anterior a la fecha de entrada en vigor del Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
- La actividad debe desarrollarla en el municipio, o bien, tener el domicilio fiscal en la Localidad.
- Estar al corriente de deudas en la Seguridad Social, Agencia Tributaria Estatal y Hacienda Local.
- Haber justificado cualquier subvención concedida con anterioridad por este Ayuntamiento.
Todas las solicitudes se entregarán en el Registro de Entrada electrónico de este Ayuntamiento de Villa del Río en el plazo que se establezca una vez entre en vigor el citado PLAN.
CONSULTAS
957 177 017
635 722 616
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Responsabilidad. Lo conseguiremos.
Ayuntamiento de Villa del Río.