jueves, 15 de diciembre de 2016

El Banco Santander se cobra 39 euros por un descubierto de 0,75 céntimos de euro.

El Banco Santander se cobra 39 euros por un descubierto de 0,75 céntimos de euro. La cuenta es de una persona que sobrevive junto a su hija con una ayuda de poco más de 300 euros, según explican en el Foro Transportistas.

Una comisión que resulta sangrante para las familias, especialmente si encima van justas de dinero para llegar a fin de mes, son las comisiones por reclamación de posición deudora.

Estos 30 o 35 euros que nos cobran por tener un descubierto en cuenta unos días o retrasarnos en el pago de la cuota hipotecaria o de un préstamo personal (problema al que se enfrentan muchos clientes cuya nómina se ingresa unos días después de la fecha de cobro de los préstamos).




Libertad para establecer comisiones

Lo primero que tenemos que saber es que las entidades financieras tienen libertad para cobrarnos comisiones. Tanta que un día nos cobrarán por ir a la oficina si tiene aire acondicionado.

Concretamente nos dice el Banco de España:

"Con carácter general, las comisiones percibidas por servicios prestados por las entidades de crédito serán las que se fijen libremente entre dichas entidades y los clientes. Solo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o a gastos habidos (art. 3 de la Orden EHA/2899/2011)."

El banco decide si nos concede el descubierto

Salvo que le demos orden en contrario, el banco puede concedernos o no un descubierto. No está obligado a hacerlo, ni nosotros a aceptarlo si no nos interesa.

Tampoco nos pueden cobrar comisiones por descubiertos por valoración contable, cosa que ocurre si ingresamos dinero a una determinada hora o nos llega una transferencia tarde en el día, que podría ocasionar un descubierto contable en el día, que no real.

Tampoco nos pueden reiterar la comisión por descubierto de forma reiterada en el mismo ejercicio de liquidación; la comisión ha de estar pactada en el contrato de cuenta corriente.

La recomendación de muchas familias que han recuperado la comisión es reclamar en el banco y si no se soluciona, presentar la reclamación en El Banco de España.