Da por probada la alineación indebida de un jugador del equipo de Cabra.
Francisco J. García
Tras el partido que el pasado domingo disputaron ambos equipos en tierras villarrenses y que ganó el Egabrense por 1-2, el cuadro local, por mediación de su delegado, se percató al leer el acta del partido, de la presunta incorrección en la inscripción en la misma, de un jugador visitante. En concreto era el dorsal número 2 del conjunto de Cabra, Juan Antonio Rincón Villodres.
Para el Villa del Río C.F. en su escrito de reclamación al ente federativo consideraba que este jugador estaba sujeto a sanción federativa. Alegaba el cuadro villarrense, que estaba sancionado por 1 partido en el acta del Comité de Competición de la F.C.F. tras su reunión del pasado 3 de mayo de 2017. Dicho castigo fue recibido como consecuencia de su expulsión por doble tarjeta amarilla en el partido C.D. Egabrense A.D.F.B. Bujalance correspondiente a la 29ª jornada del campeonato liguero de Primera Andaluza de la temporada pasada.
La sanción, la debería haber sido cumplido en la 30ª jornada, última del campeonato. Pero se dio la curiosa circunstancia que en ese epílogo liguero, su equipo el C.D. Egabrense no compareció a su partido, precisamente en Villa del Río, por lo que fue duramente sancionado.
El Villa del Río C.F. consideraba que dicha sanción estaba pendiente de cumplirse, apoyando su teoría en el artículo 28.2 apartado E del Código de Justicia Deportiva de la Real Federación Andaluza de Fútbol que dice textualmente: "Las sanciones vigentes, antes de una incomparecencia, siguen pendientes de cumplimiento"
Además se daba la curiosa circunstancia que el conjunto villarrense también estaba en la misma tesitura. Ya que dos de sus jugadores Cris y Salva, también fueron sancionados con un partido, en esa misma jornada del pasado ejercicio liguero y que por tanto, estaba en el aire si habían redimido su castigo o no. Durante los días previos a la disputa de la jornada inaugural, los dirigentes villarrenses se pusieron en repetidas veces en contacto con la Federación Cordobesa de Fútbol para comprobar si estaban habilitados para ser alineados el pasado domingo. Y siempre encontraron la misma repuesta, los jugadores tenían pendientes la sanción de un partido, basándose en los argumentos anteriormente citados.
El Comité de Competición en su reunión de esta semana, ha dictaminado textualmente lo siguiente:
Vista la reclamación efectuada en tiempo y forma por el Villa del Río C.F. contra el jugador D. Juan Antonio Rincón Villodres del C.D. Egabrense y escrito de alegaciones, fuera de plazo, por parte del C.D. Egabrense y una vez comprobado por este comité que el citado jugador estaba sancionado por un partido por doble amonestación en la jornada 29 de la temporada 2016-2017 de fecha 3 de mayo de 2017, habiendo visto que en la jornada siguiente el equipo del C.D. Egabrense no compareció al partido contra el Villa del Río C.F. y contemplando el Art. 28.2 E donde cita textualmente "las sanciones vigentes, antes de la incomparecencia, siguen pendientes de cumplimiento". Este comité acuerda según el Art.
1º- Dar ganador del encuentro al Villa del Río C.F. con el resultado de 3-0.
2º- Descontar tres puntos de su clasificación al C.D. Egabrense.
3º- Sancionar con 12 partidos al Sr. Delegado del C.D. Egabrense D. Juan Carlos Osuna Córdoba y multa de 216 Euros.
4º- Sancionar con 12 partidos al Sr. Entrenador del C.D. Egabrense D. Jaime López Granados y multa de 216 Euros.
5º- Multar al C.D. Egabrense con 200 Euros por alineación indebida.
6º- Se le hace saber al C.D. Egabrense que el día 24/08/2017 se le mandó una guía para saber que jugadores tenía sancionados y que fue leída el día 25/08/2017 a las 10:55 horas.
Por tanto un severo correctivo, tanto deportivo como económico, para un club histórico en el fútbol cordobés como es el C.D. Egabrense. Mientras tanto el Villa del Río C.F. recupera en los despachos los tres puntos que perdió en el terreno de juego.